Os recordamos que según el TÍTULO IV de la Normativa de Régimen Académico, tras la revisión ante el profesorado cabe la revisión ante la Comisión de Docencia del Departamento. Y si esta no resulta satisfactoria, aún cabe el Recurso de Alzada ante el Rector. ¡Ejerce tus derechos de revisión!
http://www.upo.es/upo_opencms/
No hay comentarios:
Publicar un comentario